SENTENCIAN A CUATRO AÑOS Y DOS MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD AL ALCALDE DE LA PROVINCIA DE LA MAR OMAR FLORES YAROS.
ADEMÁS A
UNA REPARACIÓN CIVIL A FAVOR DEL ESTADO LAS SUMAS DE 92 MIL Y 128 MIL SOLES POR
RESTITUCIÓN Y 20 MIL SOLES DE INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS.
La fiscalía
anticorrupción logra segunda sentencia para actual alcalde de la mar, El
abogado Cruyff Ither Martínez Quispe, fiscal del Primer Despacho de la Fiscalía
Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios
del Distrito Fiscal de Ayacucho, logró la sentencia de cuatro
años y dos meses de pena privativa de la libertad, con la inhabilitación
respectiva, para Omar Flores Yaros por el delito contra la
administración pública, en la modalidad de negociación incompatible, en agravio
del Gobierno Regional de Ayacucho - Estado.
El imputado
fraccionó el proceso que debía realizarse para la contratación del servicio de
consultoría para la supervisión de la formulación del estudio de pre inversión
a nivel de factibilidad del proyecto “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva
del Hospital Regional Miguel Ángel Llerena de Ayacucho Nivel III-I” al haber
autorizado y aprobado el requerimiento de contratación de nueve profesionales a
propuesta directa, efectuado de manera dividida y sin sustento técnico por
Arístides Sóndalo Berrocal Huamán, gerente de Supervisión y Liquidación.
Flores
Yaros también dispuso a Elmer Vargas Miguel, responsable de la Unidad de
Programación y Adquisiciones, mediante decretos proveídos del 01 y 05 de julio
de 2013, para continuar con el trámite de la contratación de los nueve
especialistas a propuesta directa para el servicio de supervisión de la
elaboración del estudio de factibilidad del proyecto, ello pese a que tenía
conocimiento que el servicio requerido fue materia de convocatoria a través de
un proceso de selección y que la referida contratación estaba considerada en el
Plan Anual de Contrataciones, documento que el citado funcionario visó en su
calidad de Director de la Oficina de Abastecimiento y Patrimonio.
El ahora
sentenciado, estando al corriente que los postores a contratar no cumplían con
los requisitos mínimos obligatorios que corresponden al perfil solicitado en
los términos de referencia y que tres de los profesionales a contratar: el
arquitecto Carlos Huertas Rosales; el ingeniero Jorge Bautista Nevado,
representante legal de JR Seguridad Estructural SAC, y el también ingeniero
Raúl Verdeguer Agurto habían participado como especialistas de la empresa
Kukova Ingenieros SAC, la cual era integrante del Consorcio Hospital Ayacucho,
encargado de realizar el estudio de factibilidad del proyecto, suscribió
contratos directos por un total de 92 mil soles.
Del mismo
modo, Omar Flores Yaros aprobó y autorizó la contratación directa y fraccionada
de doce profesionales para el servicio de consultoría para la supervisión de la
elaboración del expediente técnico del proyecto, pese a que también tenía
conocimiento que dichos profesiones tampoco cumplían con los requisitos mínimos
obligatorios y que el ingeniero Wilfredo Guzmán León mantenía vínculo laboral
con la empresa Kukova, cuyo trabajo iba a supervisar.
Omar
Flores Yaros también deberá pagar por concepto de reparación civil a favor del
Estado las sumas de 92 mil y 128 mil soles por restitución y 20 mil soles de
indemnización por daños y perjuicios.
Fuente: Ministerio
Público de Ayacucho
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