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jueves, 15 de diciembre de 2022

PJ DICTA 18 MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA EN CONTRA DEL EX PRESIDENTE PEDRO CASTILLO

 

PJ DICTA 18 MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA EN CONTRA DEL EX PRESIDENTE PEDRO CASTILLO




El juez supremo Juan Carlos Checkley ordenó hoy jueves (15/12/22) 18 meses de detención preventiva para el expresidente Pedro Castillo, quien está siendo investigado por la presunta comisión del delito de rebelión alternativamente de conspiración, tras anunciar el cierre del Parlamento y la instauración de un Gobierno de emergencia.

Esta medida obedece al pedido de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos. Según la fiscalía JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES, seria presunto COAUTOR del Delito contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional – REBELIÓN, previsto y sancionado en el artículo 346° del Código Penal, en agravio del Estado; y, alternativamente, como presunto COAUTOR del delito contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional - CONSPIRACIÓN, previsto en el artículo 349° del Código Penal, en agravio del Estado Peruano, como presunto AUTOR del delito contra la Administración Pública – ABUSO DE AUTORIDAD, ilícito penal previsto en el primer párrafo del artículo 376° del Código Penal, en agravio del Estado Peruano; y, como presunto AUTOR del delito contra la Tranquilidad Pública – Delito contra la Paz Pública, en la modalidad de DELITO DE GRAVE PERTURBACIÓN DE LA TRANQUILIDAD PÚBLICA, ilícito previsto en el primer y segundo párrafo del artículo 315°-A del Código Penal, en agravio de La Sociedad.

INFUNDADO EL PEDIDO DE PRISIÓN PREVENTIVA EN CONTRA DEL DR. ANIBAL TORRES VASQUEZ

En la misma audiencia el Juez supremo declaro infundo el pedido de la fiscalía en contra del Dr. Torres Vásquez, como presunto COAUTOR del Delito contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional – REBELIÓN, previsto y sancionado en el artículo 346° del Código Penal, en agravio del Estado; y, alternativamente, del delito contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional – CONSPIRACIÓN, ilícito penal previsto en el artículo 349° del Código Penal, en agravio del Estado Peruano. Torres Vásquez tendrá que cumplir medidas restrictivas de comparecencia como: no alejarse de su domicilio habitual sin permiso, acudir mensualmente al PJ y pagar una garantía de S/ 20.000 (veinte mil soles).

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